CURSO GUARDA RURAL DE CAMPO Y ESPECIALIDADES

CONTENIDOS DE LOS MÓDULOS PROFESIONALES DE FORMACIÓN PREVIA PARA GUARDAS RURALES DE CAMPO Y ESPECIALIDADES (CAZA Y GUARDAPESCA MARÍTIMO):

  COMUNES

 – ÁREA JURÍDICA:

  •  Derecho Constitucional
  • Derecho Civil
  • Derecho Penal
  • Derecho Procesal Penal
  • Derecho Administrativo Especial

–  ÁREA SOCIOPROFESIONAL

–  ÁREA TECNICOPROFESIONAL

–  ÁREA INSTRUMENTAL

–  ÁREA DE PRÁCTICAS

(INCLUYE ÁREA DE CULTURA FÍSICA)

TEMAS EXCLUSIVOS PARA LA ESPECIALIDAD DE CAZA

 –  ÁREA JURÍDICA:

  • Ley y Reglamento de Caza.
  • Ley y Reglamento de la Pesca Fluvial

–  ÁREA TECNICOPROFESIONAL

 –  ÁREA DE PRÁCTICAS

 TEMAS EXCLUSIVOS PARA LA ESPECIALIDAD DE GUARDAPESCAS MARÍTIMO

 –  ÁREA JURÍDICA

–  ÁREA TECNICOPROFESIONAL

–  ÁREA DE PRÁCTICAS:

(INCLUYE ÁREA DE CULTURA FÍSICA)

TOTAL HORAS: 150

DURACIÓN: APROXIMADAMENTE 6 – 7 SEMANAS.

  • MATRÍCULA INICIO: 150 €
  • RESTO: FINALIZACIÓN CURSO
Descarga el programa en pdf

inscribete

 REQUISITOS

Para poder participar en las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos antes de la finalización del respectivo plazo de presentación de instancias:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
  • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Técnico, o de otros equivalentes a efectos profesionales, o superiores.
  • Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de Guarda Particular del Campo sin padecer enfermedad que lo impida y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada, a tenor de lo dispuesto al efecto en el Real Decreto 2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para prestar servicios de seguridad privada.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
  • No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
  • No haber sido separado del servicio en las Fuerzas Armadas o en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  • No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
  • Poseer el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso correspondiente en los centros de formación de seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de Seguridad y que cuente con profesores habilitados por la Comisión de Valoración de la Guardia Civil.

En el caso de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, para proceder al reconocimiento de la cualificación profesional que habilita para ejercer en España las profesiones de seguridad privada, deberán estar en posesión de los siguientes requisitos:

  •  Tener los conocimientos, formación y aptitudes equivalentes a los exigidos en España para el ejercicio de las profesiones de seguridad privada, para lo cual deberán estar en posesión de los siguientes documentos:
  • En los casos en que el Estado de origen regule las diferentes profesiones de seguridad privada, el certificado de competencia o título de formación que las acredite como tal. Dicho certificado o título deberá reunir los siguientes requisitos:
  • Haber sido expedido por una autoridad competente de un Estado miembro, designada con arreglo a las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas de dicho Estado.
      • Acreditar un nivel de cualificación profesional equivalente, como mínimo, al nivel inmediatamente anterior al exigido en España, mediante el certificado previsto en elartículo 19.2 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, para todas las profesiones de seguridad privada, excepto detectives privados.
      • Acreditar la preparación del titular para el ejercicio de la profesión correspondiente.
  •  En los casos en que el Estado de origen no regule las diferentes profesiones de seguridad privada, el documento expedido por la autoridad competente, acreditativo de haber ejercido la profesión de que se trate en ese o en otro Estado de la Unión Europea, durante al menos dos años a tiempo completo, en el curso de los diez años inmediatamente anteriores al momento de la presentación de la solicitud, siempre que esté en posesión de uno o varios certificados de competencia o de uno o varios títulos de formación.
  • En todo caso, los dos años de experiencia aludidos no podrán exigirse cuando la persona solicitante acredite una cualificación profesional adquirida a través de la superación de una formación regulada de las definidas en el artículo 8 del Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, y que corresponda a los niveles de cualificación señalados anteriormente.
  • Hallarse inscrito en el Registro Central de Extranjeros.
  •  Tener conocimientos de lengua castellana suficientes para el normal desempeño de las funciones de seguridad privada.
  •  Los previstos en las letras a), e), f), g), h) e i) del primer apartado.

La carencia o insuficiencia de conocimientos o aptitudes necesarios para el ejercicio de las actividades de seguridad privada en España de los nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, podrá suplirse por aplicación de las medidas compensatorias previstas en el artículo 5 de la Orden INT/2850/2011, de 11 de octubre, por la que se regula el reconocimiento de las cualificaciones profesionales para el ejercicio de las profesiones y actividades relativas al sector de seguridad privada a los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

La pérdida de alguno de los requisitos indicados producirá la cancelación de la habilitación, que será acordada por el Ministro del Interior, en resolución motivada dictada con audiencia del interesado.

La inactividad del personal de seguridad por tiempo superior a dos años exigirá su sometimiento a nuevas pruebas para poder desempeñar las funciones que le son propias. Las pruebas podrán consistir en las siguientes modalidades:

  1.  Ser declarado apto en las pruebas específicas que se convoquen por el Ministerio del Interior a tal efecto.
  2.  Acreditar haber realizado un curso de actualización en materia normativa de seguridad privada, con una duración, como mínimo, de cuarenta horas lectivas, impartido por un centro de formación autorizado, bien en modalidad presencial o a distancia.
Origen de los datos: Ministerio del Interior

1181635541552_logo_interior

FORMACIÓN Y CONTENIDOS

Antes de presentarse a las pruebas de selección que convoque la Secretaría de Estado de Seguridad y cuya superación habilitará para el ejercicio de la correspondiente profesión, previa expedición de la tarjeta de identidad profesional, los aspirantes a Guardas particulares del campo, habrán de superar, en ciclos de al menos sesenta horas y dos semanas lectivas, en los centros de formación autorizados, los módulos profesionales de formación que se determinan en la Resolución de 18 de enero de 1999, de la Secretaría de Estado de Seguridad (BOE núm. 24, de 28 de enero).

Por su parte, los aspirantes a las especialidades de guarda de caza y guardapesca marítimo deberán superar los módulos específicos para la especialidad correspondiente, establecidos por la Secretaría de Estado de Seguridad, consistentes en ciclos de sesenta horas lectivas, para la especialidad de guarda de caza, y treinta horas lectivas, para la de guardapesca marítimo.

Los ciclos formativos, en su delimitación horaria, podrán comprender un porcentaje máximo del cincuenta por ciento de la formación no presencial o a distancia, debiendo impartirse obligatoriamente con carácter presencial las enseñanzas de naturaleza técnico-profesional, instrumental, de contenido técnico operativo y las prácticas de tiro y laboratorio.

TEMAS COMUNES PARA TODAS LAS MODALIDADES DE GUARDAS PARTICULARES DEL CAMPO

A) Área Jurídica

 

a) Derecho Constitucional.

Tema 1. La Constitución Española: Preámbulo. Título Preliminar. Título Primero: De los Derechos y Deberes Fundamentales (Artículos 15 al 19). Título II: De la Corona (Artículo 56). Título III: De las Cortes Generales (Artículo 66). Titulo IV: Del Gobierno y de la Administración (Artículos 97 y 98). Título VI: Del Poder Judicial (Artículo 117). Título VIII: De la Organización Territorial del Estado (Artículo 137).

 

b) Derecho Civil.

Tema 2. Clasificación de los bienes. La propiedad. Usufructo: Usufructo en general. Servidumbres.

 

 

c) Derecho Penal.

Tema 3. La infracción penal: Delitos y faltas, causas que eximen de la responsabilidad criminal, causas que atenúan la responsabilidad criminal, causas que agravan la responsabilidad criminal. Personas criminalmente responsables de los delitos y faltas.

Tema 4. El homicidio y sus formas. Lesiones.

Tema 5. Delitos contra la libertad: Detenciones ilegales y secuestros. Amenazas. Coacciones. Torturas y otros delitos contra la integridad moral. La omisión del deber de socorro.

Tema 6. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico: Hurtos, robos, extorsión, usurpación, daños, receptación y conductas afines.

Tema 7. Delitos sobre la ordenación del territorio. Delitos sobre el patrimonio histórico. Delitos contra los recursos naturales y el medio ambiente. Delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos.

Tema 8. Delitos de incendios. Incendios forestales. Incendios en zonas no forestales. Incendios en bienes propios.

Tema 9. Faltas contra las personas, el patrimonio, los intereses generales y el orden público.

 

d) Derecho Procesal Penal.

Tema 10. La denuncia. La detención y derechos del detenido.

 

e) Derecho Administrativo Especial.

Tema 11. Legislación sobre Patrimonio Natural y Biodiversidad: Protección de espacios. Espacios protegidos Red Natura 2000: Red Natura 2000, lugares de importancia comunitaria y Zonas Especiales de Conservación, Zonas de Especial Protección para las Aves, Declaración de las Zonas Especiales de Conservación y las Zonas de Especial protección para las Aves, Vigilancia y seguimiento. Otras figuras de protección de espacios.

Tema 12. Vías pecuarias: Objeto, definición, naturaleza jurídica, tipos, conservación, creación, ampliación y restablecimiento. Desafectación y modificación del trazado. Ocupaciones y aprovechamiento en las vías pecuarias. Usos compatibles y complementarios. Infracciones.

Tema 13. Reglamento de Epizootias. Definiciones. Circulación y transporte del ganado: Guía de origen y sanidad pecuaria, proceder en caso de que los ganados circulen sin guía, conducción por caminos, cañadas y veredas. Cartilla ganadera.

Tema 14. Ley de Sanidad Animal: Obligación de comunicación de enfermedades de carácter epizoótico. Prevención de las enfermedades de los animales: Obligaciones de los particulares. Lucha, control y erradicación de enfermedades de los animales: Obligaciones de los particulares.

Tema 15. Ley de Montes: Concepto de monte. Competencias de las Administraciones Públicas. Clasificación de los Montes. Régimen jurídico de los montes demaniales. Incendios forestales. Uso social del monte. Infracciones: Tipificación de las infracciones.

Tema 16. Ley de Aguas: Objeto de la Ley. Dominio público hidráulico del Estado: Bienes que lo integran, cauces riberas y márgenes, lagos, lagunas, embalses y terrenos inundables, acuíferos, aguas procedentes de la desalación. Servidumbres legales. Usos comunes y privativos: Usos comunes, usos comunes especiales sujetos a autorización, formas de adquirir el derecho al uso privativo, extinción del derecho al uso privativo, usos privativos por disposición legal. Vertidos al dominio público hidráulico. Infracciones.

Tema 17. Seguridad Privada: El personal de seguridad: Habilitación y formación. Funciones, deberes y responsabilidades: Colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Principios de actuación. Identificación. Custodia de armas y de sus documentos. Depósito de armas. Ejercicios de tiro. Pruebas psicotécnicas. Uniformes y distintivos. Funciones de los Guardas Particulares del Campo. Arma reglamentaria. Utilización de perros. Actuación en caso de delito. Controles de acceso a inmuebles. Infracciones del personal de seguridad privada.

B) Área Socio-Profesional

Tema 1. Deontología profesional: Principios de actuación, ética profesional, trato y relaciones con los ciudadanos. Apariencia externa.

Tema 2. Relaciones con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad: Auxilio y colaboración, medios y métodos de enlace y comunicación. Menciones honoríficas.

Tema 3. Régimen jurídico de los Guardas Particulares del Campo: Cometidos, ámbito territorial de actuación, régimen laboral, documentación profesional. Órganos competentes para la gestión y control de la actuación profesional, formación, tenencia y uso de armas de los Guardas Particulares del Campo.

Tema 4. Primeros Auxilios.

 

 

C) Área Técnico-Profesional

Tema 1. Medios de protección y prevención: Medios técnicos pasivos, seguridad física. Medios técnicos activos, seguridad electrónica. Control de accesos. La autoprotección: Técnicas de autoprotección.

Tema 2. Identificación de personas: Técnicas de descripción de personas y cosas.

Tema 3. La detención. Formalidades y procedimientos. Cacheos, registros y esposamientos. La conducción y custodia de detenidos.

Tema 4. Recogida y protección de pruebas de infracciones delictivas o administrativas.

Temas 5. Topografía: Elementos geográficos. Mapas, cartas, planos y croquis. El terreno: Principales accidentes del terreno. Curvas de nivel. Vertientes, divisorias y vaguadas. Métodos de orientación (GPS, brújula, …). Escalas. Coordenadas.

Tema 6. Incendios forestales: Teoría del fuego, fases del fuego, causas de los incendios forestales, tipos de incendios, prevención, extinción, acciones.

D) Área Instrumental

Tema 1. Aparatos técnicos de comunicación y orientación que puedan ser utilizados en la práctica del servicio: Radioteléfonos, emisoras, teléfono móvil.

Tema 2. Manejo y conservación del arma: Interrupciones más frecuentes, conservación y limpieza. Técnicas de Tiro: Fundamentos básicos, postura de tiro, empuñamiento, toma de elementos de puntería, presión sobre el disparador, errores más frecuentes. Normas de seguridad en su manejo.

Tema 3. Técnicas de empleo de la defensa. Característica de la defensa. Casuística de su utilización.

E) Área de Prácticas

  • Montar y desmontar el arma.
  • Tiro de Instrucción. Prácticas de fuego real con las armas reglamentarias.
  • Defensa personal.
  • Detección y cacheos.
  • Confección de planos y croquis.
  • Denuncias: Redacción, contenido, presentación de las mismas. Redacción de otros documentos: Informes, partes, notas informativas, libros- registros.
  • Primeros auxilios.
  • Educación Física.

TEMAS EXCLUSIVOS PARA LA ESPECIALIDAD DE

GUARDAS DE CAZA

A) Área Jurídica

 

a) Ley y Reglamento de Caza.

Tema 1. Finalidad. Acción de cazar. El cazador. Las piezas de caza. Las armas de caza.

Tema 2. Terrenos cinegéticos. Clasificación. Terrenos cinegéticos de aprovechamiento común. Terrenos cinegéticos de aprovechamiento especial. Caza en Parques Nacionales. Refugios de caza. Reservas nacionales de caza. Zonas de seguridad.

Tema 3. Terrenos sometidos a régimen de caza controlada. Cotos de caza. Terrenos cercados. Protección de los cultivos.

Tema 4. Propiedad de las piezas de caza.

Tema 5. Vedas y otras medidas protectoras.

Tema 6. Caza con fines industriales y comerciales.

Tema 7. Perros y caza. Aves anilladas. Monterías.

Tema 8. Limitaciones y prohibiciones dictadas en beneficio de la caza. Conducción y suelta de piezas de caza.

Tema 9. Responsabilidad por daños. Inclusión de medidas de evitación de los daños por parte de las especies cinegéticas. Las medidas de autoprotección, el control poblacional, el papel de los predadores en el control de las especies dañinas, la valoración y peritación de los daños.

Tema 10. Licencias de caza. Matrículas y precintos.

Tema 11. Cuidado y policía de la caza. Delitos y faltas a la Ley de Caza. Infracciones administrativas: Definición, clasificación y sanciones. Competencia y procedimiento sancionador.

Tema 12. Comisos y retirada de armas.

Tema 13. Seguro obligatorio y seguridad en las cacerías.

Tema 14. Ley del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Conservación de la biodiversidad. Conservación in situ de la biodiversidad autóctona silvestre: Garantía de conservación de especies autóctonas silvestres, prohibiciones para las especies incluidas en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.

Tema 15. Catálogo Español de Especies Amenazadas, efectos de la inclusión en el Catálogo Español de Especies Amenazadas, excepciones. Protección de las especies en relación con la caza y la pesca continental.

Tema 16. Infracciones: Tipificación y clasificación de las infracciones.

Tema 17. Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, efectos de la inclusión en el Catálogo de Especies Exóticas Invasoras, identificación de las mismas, medidas de control, el papel de la caza en el control de las especies exóticas invasoras.

Tema 18. La actividad del silvestrismo, regulación legal europea, nacional y autonómica. Directrices técnicas para la captura de especies.

 

b) Ley y Reglamento de la Pesca Fluvial:

Tema 19. Especies objeto de pesca. Dimensiones mínimas.

Tema 20. Vedas. Prohibiciones por razón de sitio. Redes, artificios y procedimientos de pesca prohibidos.

Tema 21. Concepto jurídico de la pesca. Licencias. Guardería.

Tema 22. Procedimiento y sanciones: Competencia. Denuncias. Infracciones.

B) Área Técnico-Profesional

Tema 1. Caza menor. Caza mayor.

Tema 2. Modalidades de caza: En caza mayor, caza menor, aves acuáticas, cetrería, tradicionales.

Tema 3. Armas de caza: Tipos, calibres y municiones.

Tema 4. Los predadores.

Tema 5. Especies cinegéticas: Morfología y biología, necesidades, hábitat, enfermedades. Distribución geográfica, dinámicas poblacionales, temporalidad, cría en cautividad, control de poblaciones, suelta y repoblación.

Tema 6. Federaciones y sociedades de cazadores. Características. Reglamentación. Funcionamiento

C) Área de Prácticas

  • Prácticas de campo en finca natural o fluvial.
  • Confección de denuncias de caza, pesca e infracciones medioambientales.

 

TEMAS EXCLUSIVOS PARA LA ESPECIALIDAD DE

GUARDAPESCAS MARÍTIMOS

A) Área Jurídica

Tema 1. Pesca marítima de recreo. Ámbito de aplicación. Autorizaciones administrativas. Volumen de capturas. Competiciones deportivas. Aparejos y utensilios para la pesca en superficie. Arpones autorizados en la pesca submarina. Declaración de desembarque. Tallas mínimas. Especies prohibidas. Prohibiciones. Especies sometidas a medidas de protección diferenciada. Infracciones y sanciones.

Tema 2. Ley de costas. Objeto y finalidades de la Ley. Bienes de dominio público marítimo-terrestre. Limitaciones de la propiedad sobre los terrenos contiguos a la ribera del mar por razones de protección del dominio público marítimo-terrestre. Utilización del dominio público marítimo terrestre. Infracciones y sanciones. Competencias administrativas.

B) Área Técnico-Profesional

Tema 1. Especies piscícolas: Biología. Hábitos de comportamiento. Distribución geográfica en el ámbito nacional y regional.

Tema 2. Hábitat de las especies piscícolas. Procedimientos de mejora del hábitat. Poblaciones, dinámica de poblaciones. Control y seguimiento: Técnicas. Gestión de las especies piscícolas.

Tema 3. Enfermedades de las especies piscícolas. Tratamientos. Procedimientos de vigilancias, protección y captura de especies piscícolas. Especies depredadoras y competidoras. Control. Equipos y medios.

Tema 4. Modalidades de pesca: Características. Artes de pesca artesanal, industrial y deportiva. Uso de la caña. Redes. Artificios y procedimientos de pesca prohibidos. Prohibiciones: Temporales, absolutas y por razón del lugar, distancias, plazos, pesca en canales, cauces de derivación. Licencias. Cotos. Permisos.

Tema 5. Federaciones y sociedades de pescadores. Características. Reglamentación. Funcionamiento. Cofradías. Concepto. Funciones. Órganos representativos.

Tema 6. Pesca marítima: Artes y métodos de pesca. Tallas mínimas de captura y consumo.

Tema 7. La acuicultura marítima: Generalidades. Zonas de explotación. Cultivo de peces. Cultivo de moluscos. Cultivo de crustáceos.

Tema 8. Reservas marinas. Características y situación de las reservas marinas de España.

C) Área de Prácticas

  • Prácticas en medio marítimo u otro espacio acuícola.
 Origen de los datos: Ministerio del Interior

1181635541552_logo_interior

PRUEBAS DE APTITUD (EXAMEN)

Los aspirantes deberán superar las pruebas de aptitud o ejercicios de conocimientos teórico-prácticos y las pruebas de aptitud física determinadas en la Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad por la que se regula la formación previa de los Guardas particulares del campo y sus especialidades.

Finalizadas las pruebas de aptitud se hará público, por Resolución de la Secretaría de Estado de Seguridad, el Acuerdo del Tribunal Calificador con la relación de participantes que habiendo superado las mismas sean declarados aptos.

La superación de estas pruebas de selección habilitará para el ejercicio de las correspondientes profesiones, previa expedición de la Tarjeta de Identidad Profesional que deberán solicitar antes de los tres meses, transcurridos los cuales, deberán acreditar nuevamente los requisitos a) y c) del apartado “Requisitos” y, en todo caso, transcurridos dos años sin solicitar la tarjeta de identidad profesional deberán superar nuevas pruebas, en el expediente que se instruya a instancia de los propios interesados.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la anteriormente citada; disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los aspirantes que se presenten en la misma convocatoria a las pruebas para Guardas Particulares del Campo y a las de alguna o algunas de sus especialidades, realizarán todas para las que hayan solicitado y hayan sido convocados, debiendo superar las de Guarda Particular del Campo para que le sean calificadas las de las especialidades.

PRUEBA DE CONOCIMIENTO TEÓRICO-PRÁCTICOS

  1. Para los aspirantes a Guardas Particulares del Campo consistirá en la contestación, por escrito, a un cuestionario de sesenta preguntas ajustadas al temario de materias comunes. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar.
  2.  Los aspirantes a la especialidad de Guardas de Caza deberán contestar por escrito a un cuestionario de veinte preguntas sobre las materias exclusivas para esta especialidad. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar.
  3. Además, aquellos aspirantes a esta especialidad que no sean Guardas Particulares del Campo deberán realizar el cuestionario descrito en el apartado a) que antecede, estando exentos del mismo los que ya lo son.

Los aspirantes a la especialidad de Guardapescas Marítimos deberán contestar por escrito a un cuestionario de veinte preguntas sobre las materias exclusivas para esta especialidad. Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos para aprobar.

Además, aquellos que no sean Guardas Particulares del Campo deberán realizar el cuestionario descrito en el apartado a) que antecede, estando exentos del mismo los que ya lo son.

 

PRUEBAS DE PREPARACIÓN FÍSICA

Para los Guardas Particulares del Campo y sus especialidades consistirá en la realización de los ejercicios físicos descritos a continuación, debiéndose superar las marcas y tiempos establecidos en el mismo, teniendo en cuenta que la no superación de alguna o alguno de ellos supone su eliminación. La calificación de estas pruebas será de “apto” o “no apto”.

Para su realización los aspirantes vendrán provistos de atuendo deportivo acorde con el tipo de ejercicio a realizar y deberán entregar al Tribunal calificador, antes del inicio de los mismos, Certificado Médico Oficial expedido dentro de los quince días anteriores, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas. La no presentación de dicho documento en los términos expuestos, supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.

Está exento de realizar las pruebas de preparación física generales quien ya se encuentre habilitado como Guarda Particular del Campo y desee obtener cualquiera de sus especialidades (Guarda de Caza y/o Guardapesca Marítimo), excepto el aspirante a la especialidad de Guardapesca Marítimo que sí debe realizar la prueba específica de natación. Con respecto a quien esté habilitado como Vigilante de Seguridad y quiera presentarse para la habilitación como Guarda Particular del Campo y sus especialidades, estará exento de todas las pruebas físicas salvo la prueba de natación para la especialidad de Guardapesca Marítimo.

Las pruebas físicas serán las siguientes:

Tablas de función Guardas particulares del Campo

Tablas de función especialidad de Guardapescas Marítimos

Origen de los datos: Ministerio del Interior

1181635541552_logo_interior

FUNCIONES, UNIFORME Y DISTINTIVOS

Los guardas particulares del campo, en sus distintas modalidades, ejercerán funciones de vigilancia y protección de la propiedad, en las fincas rústicas; en las fincas de caza, en cuanto a los distintos aspectos del régimen cinegético y en los establecimientos de acuicultura y zonas marítimas protegidas con fines pesqueros.

Las funciones de los guardas del campo únicamente podrán ser desarrolladas vistiendo el uniforme y ostentando el distintivo del cargo que sean preceptivos y que no podrán confundirse con los de las Fuerzas Armadas ni con los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Los guardas del campo no podrán vestir el uniforme ni hacer uso de sus distintivos fuera de las horas y lugares del servicio y de los ejercicios de tiro.

Origen de los datos: Ministerio del Interior

1181635541552_logo_interior